LA EMPRESA: CONCEPTO, ELEMENTOS, FUNCIONES Y
CLASES.
1.
Introducción.
La empresa
es una organización, de duración más o menos larga, cuyo objetivo es la consecución de un beneficio a través de la
satisfacción de una necesidad de mercado. La satisfacción de las necesidades
que plantea el mercado se concreta en el ofrecimiento de productos (empresa
agrícola o sector primario, industrial o sector secundario, servicios o sector
terciario), con la contraprestación de un precio.
Las
empresas, bajo la dirección y responsabilidad del empresario, generarán un
conjunto de bienes y servicios con la finalidad de satisfacer las necesidades
del mercado mediante la contraprestación del precio.
Para
determinar o fijar con precisión los límites del mercado debemos distinguir
entre:
1. Ámbito
geográfico: como delimitación geográfica del entorno de actividad de la
empresa. Ej.: local, interior, exterior, de un país o región, etc.
2. Ámbito
conceptual: como delimitación conceptual del mercado, relativa a la definición
del producto o servicio (informático, financiero, etc.) o bien, delimitación
referida al colectivo de personas o entidades potencialmente usuarias de los
productos o servicios (infantil, profesional, etc.).
2.
Empresa: características.
A. Desde
una perspectiva económica, la empresa se caracteriza como una entidad autónoma
de producción de bienes o servicios, en la que se integran de forma coordinada
diversos medios productivos (trabajo humano y elementos materiales e
inmateriales), bajo la dirección del empresario.
B. Desde
un punto de vista jurídico, el concepto de empresa no está claramente
establecido, debiéndose llegar al mismo, de forma indirecta, a través de la
noción de empresario.
El
empresario es la persona física o jurídica que, de forma habitual y no
ocasional, ejercita en nombre propio una actividad productiva dirigida al
mercado, es decir, aquél que realiza una actividad empresarial.
Desde el
punto de vista jurídico mercantil, puede definirse a la empresa como una unidad
patrimonial autónoma y compleja, en la que se integra un conjunto organizado de
bienes, derechos y obligaciones, bajo la titularidad y dirección del
empresario. La finalidad inmediata de la empresa es producir bienes y servicios
para el mercado y su finalidad mediata, suponiendo que se trate de empresas
mercantiles, obtener alguna clase de utilidad o lucro para sus propietarios.
3.
Elementos de la empresa.
La
empresa, para cumplir sus objetivos y desarrollar el conjunto de sus
actividades, ha de disponer de unos medios o factores, que podemos reunir en
dos grandes grupos:
·
personas o factores activos
·
bienes económicos o factores pasivos.
Los
segundos, son denominados restrictivos, por ser factores en sí mismo limitados.
Los
primeros, forman la dinámica de la empresa, actuarán sobre los factores pasivos
para intentar alargar sus límites y mejorar sus resultados.
La empresa
precisa de una organización, impuesta por quien posee la facultad de dirigir:
el empresario.
Genéricamente,
la clasificación de los elementos constituyentes de la estructura de la empresa
sería la siguiente:
El grupo
humano o las personas.
Dentro del
grupo humano podemos señalar la existencia de grupos diferenciados por sus
intereses y relaciones con los grupos restantes, estos son:
·
Los propietarios del capital o socios.
·
Los administradores o directivos.
·
Los trabajadores o empleados.
Entre los
dos primeros grupos, y básicamente en el segundo, surge la figura del
empresario tal y como hoy se le concibe.
·
Los
bienes económicos.
Los bienes
económicos se suelen clasificar en inversiones o duraderos y en corrientes o no
duraderos, según su vinculación al ciclo productivo de la explotación, ya que
si los mismos no se consumen o transforman en el mismo estaremos ante el primer
caso.
·
La organización.
La
organización aparece como el conjunto de relaciones de autoridad, de
coordinación y de comunicación que forman la actividad del grupo humano entre
sí y con el exterior. Esta estructura organizativa es definida por el
empresario.
4.
Funciones de la empresa.
La empresa
en una economía de mercado cumple con las siguientes funciones generales:
a)
Organiza y dirige básicamente el proceso de
producción, si bien, a veces, se le marcan o regulan ciertos aspectos y líneas
de actuación de su actividad por los organismos estatales de planificación y
dirección económica.
b)
Asume ciertos riesgos técnico-económicos
inherentes a la anterior función, riesgos que se matizan por los principios de
responsabilidad y control de la empresa.
El riesgo
se ve atenuado, entre otras, por las causas siguientes:
1.
El progreso de las técnicas de gestión,
permitiendo mejorar la planificación, programación, presupuestación y control.
2.
La posición de privilegio de la empresa en el
mercado.
3.
La dispersión del riesgo al aplicar los fondos
financieros a explotaciones diversificadas.
4.
La constitución de empresas multinacionales,
así como acuerdos y conciertos de actuación con las mismas.
El
desarrollo de la actividad empresarial supone el desempeño de numerosas tareas,
muchas de las cuales se han convertido en campos especializados del
conocimiento. A estas áreas de trabajo especializadas también se les suele
denominar “funciones empresariales”.
Las
funciones empresariales genéricas más importantes son las siguientes:
·
La dirección de empresas: define los
objetivos, los recursos y la organización de la empresa a largo, medio y corto
plazo.
·
La gestión económica y financiera: se encarga
de los temas relacionados con la contabilidad, las finanzas y los temas
fiscales.
·
La comercialización: entre otras cuestiones se
dedica a la investigación de mercados, la gestión de ventas y el marketing.
·
La dirección de producción: que diseña el
producto, el proceso para realizarlo, y controla la calidad de los materiales y
procesos utilizados.
·
La dirección de recursos humanos: que se
encarga, entre otras cuestiones, de seleccionar y formar al personal y de las
relaciones laborales.
Cada
empresa las define y las lleva a cabo de una forma determinada. Así, en una
empresa pequeña, puede que una persona absorba varias funciones (por ejemplo,
el gerente de una pequeña empresa puede asumir las funciones de dirección y la
gestión económica y financiera.
5. Clases
de empresa.
Las
diversas clasificaciones de las empresas atienden, normalmente a variados
criterios: productivos, funcionales, organizativos, etc.
5.1 Según
la propiedad del capital.
En función
de si el capital está en manos de particulares u organismos públicos nos
encontramos con empresas:
a)
Privadas, cuando la propiedad de la empresa es de esta naturaleza. Algunas
tienen la peculiaridad de que sus propietarios son también trabajadores de la
misma, quienes en algunos casos se convierten también en clientes o
proveedores.
b)
Públicas, cuando el capital pertenece al
Estado, comunidades autónomas, diputaciones, ayuntamientos o algunos de los
organismos dependientes de estas instituciones.
Podemos
distinguir tres niveles distintos en la participación pública en la actividad
empresarial.
a)
Nivel Estado: El Estado
participa directamente en varios sectores empresariales. En el caso español han
existido distintos holdings públicos, entre los que podemos citar: el Instituto
Nacional de Industria (INI), actualmente integrado en la SEPI, que agrupa las
actividades de más marcado carácter industrial. La Dirección General del
Patrimonio Nacional, sus empresas tienen un carácter más diverso. El Instituto
Nacional de Hidrocarburos (INH), que agrupa las actividades relacionadas con la
investigación, explotación y distribución de ese tipo de recursos. Las
políticas en las dos últimas décadas han propiciado la progresiva desaparición
de la presencia del Estado en el accionariado de las empresas, parte de los
organismos anteriores han desaparecido formando grupos de empresas cuya
tendencia es la privatización de las mismas.
b)
Nivel autonómico,
corresponde a iniciativas acometidas por las Comunidades Autónomas. Existen
determinados organismos a este nivel como institutos de desarrollo etc.
c)
Nivel Corporaciones Locales (Ayuntamientos). Los
ejemplos mas claros los podemos encontrar en las empresas municipales de
transporte, mercados centrales etc.
• Mixtas, si la
titularidad es compartida entre organismos públicos y particulares.
5.2
Criterios económicos de clasificación y otros criterios socioeconómicos.
Las
clasificaciones que tienen un mayor interés son las que toman en consideración
el tamaño, sector productivo o la organización jurídica y forma de titularidad
de la misma.
• Tamaño.
Atendiendo
a su tamaño, se acepta generalmente una división de la empresa que distingue
entre microempresa, pequeña, pequeña y mediana y gran empresa. Los criterios
limitadores entre cada una de estas categorías fijados por la Recomendación de
la Comisión (2003/361/CE), de 6 de mayo de 2003, son los siguientes:
• Sector productivo.
Atendiendo
al objeto de su actividad, las empresas pueden clasificarse de múltiples
maneras, así, en principio, se distinguir entre:
a)
Empresas
productoras de bienes. Pueden subdividirse en empresas agrícolas,
extractivas, artesanales, industriales de fabricación de bienes de equipo,
industriales de fabricación de bienes de consumo, etc.
b)
Empresas
prestadoras de servicios. Admiten su subdivisión en empresas
comerciales (mayoristas y minoristas), de transporte, de seguros, financieras,
de ocio y cultura, de enseñanza, de comunicaciones, etc.
La
clasificación en función del sector productivo viene dada por la Clasificación Nacional de Actividades
Económicas. La clasificación que está actualmente en vigor es la CNAE-93
Rev. 1, constituyéndose en la adaptación nacional de la Clasificación Europea
de Actividades Económicas (NACE 93 Rev.1.1) que se aprobó por el Reglamento de
la Comisión Nº 29/2002 de 19 de Diciembre de 2001.
El
objetivo de esta clasificación es establecer un conjunto jerarquizado de
actividades económicas que pueda ser utilizado para:
1.
favorecer la implementación de estadísticas nacionales que puedan ser
diferenciadas de acuerdo con las actividades establecidas
2.
clasificar unidades estadísticas y entidades según la actividad económica
ejercida
• Organización
jurídica y forma de titularidad
La forma
jurídica de organización y titularidad de la empresa es fundamental a la hora
de efectuar adscripciones a categorías jurídicas de empresas diferenciadas que,
por lo general, van a tener consecuencias contables.
a)
Empresas
mercantiles (a las que se le supone ánimo de lucro) y empresas no mercantiles
(asociaciones, fundaciones, patronatos, etc, a las que, en principio, se les
supone su ausencia.
En este
aspecto va asentándose el criterio de que el ejercicio de una actividad
empresarial, independientemente de bajo que titularidad se efectúe, caracteriza
como mercantil a la empresa, con la consecuencia fundamental de quedar sometida
al derecho mercantil, si no en su funcionamiento interno, sí, al menos, en todo
lo que afecta a sus relaciones empresariales con terceros.
b)
Empresas
individuales y sociales, según que la titularidad de las mismas
corresponda a una persona física o jurídica respectivamente.
Respecto
de las sociedades, sucesivas subclasificaciones permiten distinguir entre:
·
Regulares e irregulares, si se atiende a las
formalidades de su constitución y a su acceso a un registro público.
·
Mercantiles puras (colectivas, comanditarias,
anónimas y limitadas) y especiales (cooperativas, mutualidades, sociedades de
garantía recíproca, etc.)
·
Aquellas que limitan la responsabilidad de sus
socios al capital comprometido (comanditarias por acciones, anónimas y
limitadas) y las que no la limitan (colectivas y comanditarias simples)
·
Las participadas total o mayoritariamente por
el Estado y los entes y organismos en que se organiza (empresas públicas y
semipúblicas) y aquellas cuyo dominio corresponde al capital privado (empresas
privadas)
c) Los grupos de sociedades (CCom.
art. 42 a 49). Se considera que existe grupo a partir de la constatación de
relaciones de dominio, evidentes, vía porcentaje de participación mayoritaria
en el capital de unas sociedades por otras, si alguna sociedad domina de
“facto” el órgano de administración de otra, aún no poseyendo la mayoría del
capital.
Según el
grado de dominio o participación, el PGC distingue entre:
·
Empresas
del grupo, si reúnen los requisitos previstos para formar parte del grupo
por el Código de Comercio, y
·
Empresas
asociadas, cuando, sin reunirlos, el grado de influencia de unas sobre otras
es notable.
NOCIONES FUNDAMENTALES SOBRE
SOCIEDADES
Generalidades
La figura
de la sociedad mercantil ha adquirido y adquiere progresivamente una mayor
relevancia económica. En la práctica, la sociedad, como organización empresarial,
se impone cada vez más al empresario individual debido, fundamentalmente, a
que, desde el ámbito de la sociedad, se pueden afrontar más fácilmente y con
menos riesgo empresas que requieren un alto grado de inversión o de recursos.
Se
configura así la sociedad como el principal motor de la vida económica y, a
medida que adquiere más protagonismo, se multiplican las formas societarias y
las operaciones a las que la sociedad da lugar, de tal forma que alcanzan, en
algunos casos, altas cotas de complejidad.
Definición
de sociedad (CC art.1665; CCOM art.116)
El término
sociedad tiene un doble sentido: por un lado, designa el contrato por el cual
dos o más personas se obligan a crear un fondo patrimonial común para colaborar
en el ejercicio de una actividad y partir entre sí las ganancias que se
obtengan.
Por otro
lado, designa la institución a la cual está afecto dicho fondo patrimonial
común, que está investida de la capacidad jurídica necesaria para actuar en
nombre y en interés de la colectividad.
En la
práctica negocial, el término sociedad se refiere fundamentalmente al aspecto
institucional, es decir, a la persona jurídica, mientras que el acto de
constitución se denomina comúnmente contrato de sociedad.
Distinción
de la, sociedad con otras figuras asociativas.
La
distinción de la sociedad con otras figuras asociativas puede resultar de gran
utilidad para delimitar el concepto de aquélla. Las figuras que más afines
resultan con la institución societaria son las siguientes:
Asociación. Consiste en la unión de dos o más personas con el ánimo de
conseguir un fin o realizar una actividad no necesariamente lucrativa. Así, la
principal nota que distingue a la sociedad frente a la asociación es la
finalidad normalmente lucrativa de la primera.
Fundación. Es una organización constituida sin
ánimo de lucro, pero con un fondo patrimonial, afectado a la realización de
fines de interés general. La fundación puede constituirse por una o varias
personas físicas o jurídicas y desde su inscripción, tiene personalidad
jurídica propia. Las principales diferencias con la sociedad son la falta de ánimo
de lucro y su origen no necesariamente contractual.
Comunidad de bienes. Supone la existencia de una
propiedad en común y proindivisa, perteneciente a varias personas, lo que se
traduce en su mantenimiento y simple aprovechamiento plural. En la sociedad,
aparte de la existencia de un patrimonio comunitario, la voluntad societaria se
orienta para obtener ganancias y lucros comunes.
Cooperativa. Aun cuando en la práctica algunas cooperativas funcionan de forma
similar a las sociedades, se distinguen de éstas por tener un capital variable
y por no perseguir una finalidad lucrativa, en sentido estricto, pues sí pueden
perseguir, por ejemplo, un ahorro económico de los cooperativistas.
Tipos de
sociedades.
Podemos
distinguir diversos tipos de sociedad, en función de distintos criterios.
a)
Sociedades personalistas y capitalistas. La distinción deriva del grado de
independencia de la sociedad como persona jurídica frente a los socios, lo cual
tiene una trascendencia fundamental en cuanto al régimen de responsabilidad de
la sociedad.
Así, son personalistas aquellas sociedades en
las que todos los socios o parte de ellos responden personal, ilimitada y
solidariamente de las deudas sociales, aunque dicha responsabilidad es siempre
subsidiaria con respecto a la de la sociedad. Las principales sociedades
mercantiles de carácter personalista son la colectiva y la comanditaria simple.
Por el
contrario, en las sociedades capitalistas
los socios responden de las deudas sociales únicamente hasta el límite de las
aportaciones realizadas.
Las
sociedades capitalistas típicas son la anónima y la de responsabilidad limitada
También la
sociedad comanditaria por acciones suele calificarse como capitalista, en
cuanto que la mayor parte de sus socios tienen responsabilidad limitada.
b)
Sociedades
externas e internas. La distinción se realiza en función de que
la sociedad esté o no estructurada para participar en el tráfico como un ente
separado de los propios socios. Así, son sociedades internas aquellas cuyos
pactos se mantienen en secreto entre los socios y en que cada uno contrata en
su propio nombre con terceros. Con respecto a ellas se establece que carecen de
personalidad jurídica y que se rigen por las disposiciones de la comunidad de
bienes.
c)
Sociedades
abiertas y cerradas. Según quien realice la gestión y control de
la sociedad. Las sociedades abiertas son aquellas en las que los socios no se
encargan de la administración de la sociedad, sino que ésta se encomienda a
profesionales no socios. El fenómeno es frecuente en las grandes sociedades,
sobre todo en la anónima.
En las
sociedades cerradas son los propios socios quienes llevan directamente la
gestión de la sociedad.
d)
Sociedades
civiles y mercantiles. Se distinguen estos dos tipos generales de
sociedades según la naturaleza de su objeto.
Tipos de sociedad mercantil. Dentro de las
sociedades mercantiles distinguimos:
·
Sociedad anónima. Es el
prototipo de sociedad capitalista. Tiene todo su capital representado en
acciones y sus socios no responden personalmente de las deudas sociales.
·
Sociedad de responsabilidad limitada. También
de carácter capitalista, tiene su capital dividido en participaciones, que no
pueden incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones. Como en la
sociedad anónima, los socios no responden personalmente de las deudas sociales.
·
Sociedad colectiva. De
carácter personalista, ya que todos sus socios están obligados personal y
solidariamente, con todos sus bienes, frente a terceros, a hacer frente a las
resultas de la gestión social.
·
Sociedad comanditaria simple. Es de
carácter personalista, aunque en menor medida que la colectiva. En ella
coexisten dos tipos de socios: colectivos y comanditarios.
Los primeros responden personal e
ilimitadamente de las deudas sociales, los segundos sólo hasta la cuantía de su
aportación.
·
Sociedad comanditaria por acciones. Su
diferencia principal con la comanditaria simple consiste en que su capital se
encuentra dividido en acciones, de las que son titulares los socios
comanditarios.
Estas son
las sociedades previstas por el Código de Comercio. Junto a ellas hemos de
destacar otras formas societarias mercantiles de creación más reciente o de
dudosa asimilación a la figura de la sociedad, pero de evidente trascendencia
práctica:
·
agrupación
de interés económico.
·
Cooperativa.
·
Sociedad
laboral.
·
Sociedad
agraria de transformación.
·
Sociedad
anónima deportiva.
·
Grupo de
sociedades.
·
Unión
temporal de empresas.
FormasJurídicas de Empresas
GABILOS: http://www.gabilos.com/comosehace/FormasJuridicas/textocuadrocomp.htm
http://www.emprendedores.es/crear_una_empresa/crear_una_empresa/crear_empresa GABILOS: http://www.gabilos.com/comosehace/FormasJuridicas/textocuadrocomp.htm
http://www.ipyme.org/Publicaciones/CreacionEmpresas.pdf
http://www.jcyl.es/web/jcyl/Gobierno/es/Plantilla100Detalle/1246464876027/_/1284187628869/Comunicacion
http://www.cea.es/portal/creacion_empresa/guia_elaborar_plan_empresa.pdf
MODELOS DE NEGOCIO:
http://www.emprenderural.es/recursos/plan-de-empresa
http://www.jcyl.es/web/jcyl/Gobierno/es/Plantilla100Detalle/1246464876027/_/1284187628869/Comunicacion
http://www.cea.es/portal/creacion_empresa/guia_elaborar_plan_empresa.pdf
MODELOS DE NEGOCIO:
http://www.emprenderural.es/recursos/plan-de-empresa